A continuación, presentamos el
contrato informático y de confidencialidad que rige nuestra relación con
nuestros clientes. Este documento establece los términos y condiciones que nos
permiten trabajar juntos de manera segura y eficiente, garantizando la
confidencialidad y protección de la información sensible.
Gerente: Jared G. Huato |
Fix
pc SA de CV “Restauramos tu
tecnología, recuperamos tu tranquilidad” |
El CLIENTE y el PROVEEDOR, en adelante,
podrán ser denominadas, individualmente, “la Parte” y, conjuntamente, “las
Partes”, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica y de obrar suficiente
para la celebración del presente Contrato
EXPONEN
PRIMERO: Que el CLIENTE está interesado en la contratación de los servicios
de:
Mantenimiento de sus sistemas informáticos:
Hardware, Software y soporte remoto presentes en la oficina de la que es
titular y/ó que forman parte de su infraestructura usual de trabajo. Asimismo,
de aquellas tareas propias de la gestión de dominios de Internet y servicios de
hosting y correo electrónico.
El CLIENTE está interesado en contratar
dichos servicios para mantener la operatividad de su sistema informático en
todo momento dentro de lo razonablemente exigible ante las contingencias
existentes.
SEGUNDO: Que el PROVEEDOR es una empresa de
consultoría informática especializada en la prestación de servicios de
mantenimiento integral de sistemas informáticos y desarrollo de aplicaciones
informáticas a medida.
TERCERO: Que las Partes están interesadas en
celebrar un contrato de Mantenimiento Informático en virtud del cual el
PROVEEDOR preste al CLIENTE los servicios de:
a) Mantenimiento de HARDWARE.
b) Mantenimiento de SOFTWARE.
c) Mantenimiento de soporte remoto
Que las Partes reunidas en la sede
social del CLIENTE, acuerdan celebrar el presente contrato de MANTENIMIENTO
INFORMÁTICO, en adelante, el “Contrato”, de acuerdo con las
siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO
En virtud del Contrato el PROVEEDOR se
obliga a prestar al CLIENTE los servicios de mantenimiento de hardware,
software y de red (según apartado 2.2), en adelante “los Servicios”,
en los términos y condiciones previstos en el Contrato y en todos sus Anexos.
SEGUNDA.- TÉRMINOS Y CONDICIONES
GENERALES Y ESPECÍFICOS DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
2.1. Los Servicios se prestarán en los siguientes
términos y condiciones generales:
2.1.1. El PROVEEDOR responderá de la calidad
del trabajo desarrollado con la diligencia exigible a una empresa experta en la
realización de los trabajos objeto del Contrato.
2.1.2. El PROVEEDOR se obliga a gestionar y
obtener, a su cargo, todas las licencias, permisos y autorizaciones
administrativas que pudieren ser necesarias para la realización de los
Servicios.
2.1.3. El PROVEEDOR se hará cargo de la
totalidad de los tributos, cualquiera que sea su naturaleza y carácter, que se
devenguen como consecuencia del Contrato, así como cualesquiera operaciones
físicas y jurídicas que conlleve, salvo el Impuesto sobre el Valor Añadido
(IVA) o su equivalente, que el PROVEEDOR repercutirá al CLIENTE. En caso
de que el cliente ya no pueda financiar su mantenimiento puede pedir la
cancelación del contrato y tendrá que cubrir la deuda pendiente si llegara a
haber alguna.
GARANTIAS
2.1.4. El PROVEEDOR guardará confidencialidad
sobre la información que le facilite el CLIENTE en o para la ejecución del Contrato
o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Se excluye de la
categoría de información confidencial toda aquella información que sea
divulgada por el CLIENTE, aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las
leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad competente. Este deber
se mantendrá durante un plazo de tres años a contar desde la finalización del
servicio.
2.1.5. En el caso de que la prestación de los
Servicios suponga la necesidad de acceder a datos de carácter personal, el
PROVEEDOR, como encargado del tratamiento, queda obligado al cumplimiento de la
Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y
del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y demás normativa
aplicable.
El PROVEEDOR responderá, por tanto, de
las infracciones en que pudiera incurrir en el caso de que destine los datos
personales a otra finalidad, los comunique a un tercero, o en general, los
utilice de forma irregular, así como cuando no adopte las medidas
correspondientes para el almacenamiento y custodia de los mismos. A tal efecto,
se obliga a indemnizar al CLIENTE, por cualesquiera daños y perjuicios que
sufra directamente, o por toda reclamación, acción o procedimiento, que traiga
su causa de un incumplimiento o cumplimiento defectuoso por parte del PROVEEDOR
de lo dispuesto tanto en el Contrato como lo dispuesto en la normativa
reguladora de la protección de datos de carácter personal. Por otra parte
el técnico que haga un mal uso de los datos personales del cliente será
castigado con un descuento de una semana de su pago
A los efectos del artículo 12 de la Ley
15/1999, el PROVEEDOR únicamente tratará los datos de carácter personal a los
que tenga acceso conforme a las instrucciones del CLIENTE y no los aplicará o
utilizará con un fin distinto al objeto del Contrato, ni los comunicará, ni
siquiera para su conservación, a otras personas. En el caso de que el PROVEEDOR
destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo
las estipulaciones del Contrato, será considerado también responsable del tratamiento,
respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido
personalmente.
El PROVEEDOR deberá adoptar las medidas
de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los
datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o
acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza
de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de
la acción humana o del medio físico o natural. A estos efectos el PROVEEDOR
deberá aplicar los niveles de seguridad que se establecen en el Real Decreto
1720/2007 de acuerdo a la naturaleza de los datos que trate.
2.1.6. El PROVEEDOR responderá de la
corrección y precisión de los documentos que aporte al CLIENTE en ejecución del
Contrato y avisará sin dilación al CLIENTE cuando detecte un error para que
pueda adoptar las medidas y acciones correctoras que estime oportunas.
2.1.7. El PROVEEDOR responderá de los daños y
perjuicios que se deriven para el CLIENTE y de las reclamaciones que pueda
realizar un tercero, y que tengan su causa directa en errores del PROVEEDOR, o
de su personal, en la ejecución del Contrato o que deriven de la falta de
diligencia referida anteriormente.
2.1.8. Las obligaciones establecidas para el
PROVEEDOR por la presente cláusula serán también de obligado cumplimiento para
sus posibles empleados, colaboradores, tanto externos como internos, y
subcontratistas, por lo que el
PROVEEDOR responderá
frente al CLIENTE si tales obligaciones son incumplidas por tales
empleados.
2.2 El PROVEEDOR prestará los Servicios en los
siguientes términos y condiciones específicos:
a) Mantenimiento de HARDWARE:
Mantenimiento preventivo que incluye una revisión periódica detallada
del correcto funcionamiento de los equipos de hardware en todos sus
componentes, siendo éstos los pactados en cada momento entre CLIENTE y
PROVEEDOR y que podrán variar en su naturaleza y número a lo largo de la
vigencia de este contrato previo acuerdo de las partes.
Mantenimiento correctivo que incluye el
coste de la mano de obra en la sustitución de los componentes tanto internos
como externos que fallaran en los equipos.
Instalación de otros dispositivos adicionales para la mejora del
rendimiento operativo en general y de seguridad.
No se incluye la reparación de impresoras ni otros elementos como
Televisores, móviles, equipos electromédicos, etc...
No se incluyen los costes de los repuestos, nuevos equipos y/o
periféricos dentro de los estipulados para los servicios. Éstos podrán ser
adquiridos por el CLIENTE o, previo consentimiento por parte del mismo, por el
PROVEEDOR, que repercutirá el coste al primero. En caso de ser adquiridos por el
cliente, el PROVEEDOR no se hará responsable de las posibles incompatibilidades
que éstos causen con el equipo actual.
b) Mantenimiento de SOFTWARE:
Mantenimiento preventivo del software
instalado que incluye la revisión de los parámetros críticos de los equipos y
de la red. Instalación y mantenimiento (incluyendo actualizaciones) del sistema
antivirus. Instalación y mantenimiento del sistema de copias de
seguridad.
Mantenimiento correctivo que incluye la
reinstalación de software en el caso de anomalías en el funcionamiento.
Recuperación de datos de copias de seguridad en caso de pérdidas de los
mismos.
Configuración del software ya instalado.
Actualización e instalación de software
adicional con licencia. Incluyéndose aquí tanto las actualizaciones del Sistema
Operativo como aquellas de las diferentes aplicaciones instaladas en cada
equipo.
No se incluyen los costes de licencias
(tanto periódicas como indefinidas). Éstas podrán ser adquiridas por el CLIENTE
o, previo consentimiento por parte del mismo, por el PROVEEDOR, que repercutirá
el coste al primero. En caso de ser adquiridas por el cliente, el PROVEEDOR no
se hará responsable de las posibles incompatibilidades que éstas causen con el
equipo actual.
c) Mantenimiento remoto:
2.2.1. El PROVEEDOR utilizará, por lo general,
los siguientes medios e inspecciones: Programas de conexión remota entre los
ordenadores, servicio remoto utilizando el software teamviewer Programas de
verificación de los componentes. Inspección y Verificación manual. Programas de
análisis del estado del ordenador.
d) Mantenimiento en
sitio
2.2.2. Los servicios se prestarán en la sede
del CLIENTE, servicio presencial, y en todos los componentes de sus sistemas
informáticos dos veces al mes, en horario de 14:00 a 16:00 horas
(pudiendo realizarse en otros horarios cuando fuere necesario) para realizar
tareas de mantenimiento que requieran la presencia del personal técnico. En
caso de ser necesarias más presencias mensuales (no atribuibles a la actuación
del PROVEEDOR), éstas podrán ser facturadas de acuerdo a los parámetros
establecidos en el punto (4.2)
2.2.3. El PROVEEDOR monitorizará los sistemas
principales: PCs y Servidores, Actualizaciones de todos los equipos, Antivirus,
Correo y Copias de Seguridad de forma periódica (al menos dos veces por
semana).
2.2.4. El PROVEEDOR realizará dos veces al mes, durante las visitas
presenciales, una verificación de los sistemas para comprobar su
funcionamiento. Y procederá a subsanar cualquier anomalía, previo conocimiento
por parte del CLIENTE.
2.2.5. El PROVEEDOR se obliga a prestar los
servicios necesarios para el correcto funcionamiento del sistema informático
del CLIENTE. Dichos servicios comprenden la realización de cuantas operaciones
sean necesarias para el correcto funcionamiento de los equipos o sistemas
incluidos en este contrato, siempre que no se deban a manipulaciones
indebidas.
2.2.6. El CLIENTE facilitará la labor del
PROVEEDOR en todo momento, incluso asignándole en su sede un módulo con sistema
informático.
2.2.7. El CLIENTE designará todos los
elementos de hardware, con su marca y nº de serie para su identificación como
parte de presente contrato.
2.2.8. El coste de cualquier componente que el
PROVEEDOR deba sustituir o instalar será por cuenta del CLIENTE. El PROVEEDOR
no se responsabiliza de los daños que pudieran producirse por la incorrecta
manipulación de los componentes realizados por terceros, sin vinculación con el
PROVEEDOR.
2.2.9. Los productos que estén cubiertos por
la garantía del fabricante deberán ser reparados por el servicio técnico del
fabricante. El PROVEEDOR solo se hará cargo si se trata de un producto
suministrado por él.
2.2.10. Los consumibles que el PROVEEDOR deba
sustituir serán por cuenta del CLIENTE.
2.2.11. El CLIENTE se compromete a utilizar los
componentes hardware y software de acuerdo con las instrucciones y el manual
del fabricante.
2.2.12. En ningún caso el PROVEEDOR mantendrá,
instalará o configurará software sin las licencias y permisos debidos. El
PROVEEDOR garantiza al cliente que todo el software que se instale en los
equipos del cliente o aquel que sea usado para implementar sus funciones, es original, y no vulnera ninguna ley,
derecho o interés de tercero alguno, en especial los referidos a propiedad
industrial e intelectual, y que cuenta con las correspondientes licencias de
uso.
2.2.13. Cuando el PROVEEDOR estime necesario procederá a limpiar los sistemas de
programas inútiles o de cookies.
2.2.14. El PROVEEDOR ofrecerá un servicio de asistencia técnica y “Help Desk”
en horario continuo donde se notificarán las incidencias que se produzcan.
Cualquier incidencia será comunicada por el CLIENTE al PROVEEDOR, a través del
teléfono de asistencia técnica, correo electrónico u otros medios telemáticos
acordados por ambas partes, para proceder a su solución. Los plazos de solución
de las incidencias constan en la cláusula 6.4 de este contrato.
2.2.15. El PROVEEDOR ejecutará el Contrato realizando de manera competente y
profesional los Servicios, cumpliendo los niveles de calidad exigidos y
cuidando diligentemente los materiales del CLIENTE que tuviera que utilizar
como consecuencia del Contrato.
TERCERA.- POLÍTICA DE USO
3.1 El CLIENTE es el
único responsable de determinar si los servicios que constituyen el objeto de
este Contrato se ajustan a sus necesidades, por lo que el PROVEEDOR no
garantiza que el servicio de mantenimiento contratado se ajuste a las
necesidades específicas del CLIENTE.
3.2 El CLIENTE se obliga
a hacer constar de forma clara, visible y accesible desde sus contenidos, sus
datos identificativos y como único responsable de los contenidos, poniendo un
aviso en sus contenidos de la Política de uso.
CUARTA.- PRECIO Y FACTURACIÓN.-
4.1 El precio del
Contrato es de (IVA excluido).
4.1.1 60 $/mes por cada
servidor físico.
4.1.2 35 $/mes por cada
servidor virtual.
4.1.3 100$/mes por cada
puesto de trabajo (PC, portátil, estación de trabajo…).
4.1.4 El PROVEEDOR podrá establecer los
descuentos que considere necesarios en virtud del volumen de equipos
contratados y la complejidad de las labores realizadas en cada momento.
4.2 En el caso de intervenciones extraordinarias
(presencias requeridas por el cliente y cuyo origen no sea imputable a
PROVEEDOR), no incluidas en las bases de este contrato (dos presencias
mensuales), podrán ser facturadas con un coste de $150/hora, con un mínimo de
una hora y un cargo de $100 en concepto de desplazamiento.
En fechas especiales tales como fines
de semana, festivos nacionales, autonómicos y provinciales, las intervenciones
podrán ser facturadas con un coste de $200/hora, y un cargo de $150 en concepto
de desplazamiento.
4.3 El pago de las facturas se realizará, tras la aceptación
de los trabajos por el CLIENTE, mediante transferencia bancaria, o mediante
otro medio de pago acordado por ambas partes, en un plazo máximo de 30 días de
la fecha de recepción de la factura a la cuenta corriente titularidad del
PROVEEDOR que figure en la misma.
4.4 Tanto el CLIENTE como el PROVEEDOR se comprometen a
mantener estos importes de manera confidencial, salvo expreso permiso de la
otra parte.
QUINTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del presente
Contrato es mensual e indefinido a partir de la fecha referida en el
encabezamiento del Contrato. El Contrato se entenderá prorrogado de forma
automática y por períodos mensuales salvo extinción del mismo por cualquiera de
las partes. En caso de ser esta extinción iniciativa del CLIENTE, éste deberá
notificarlo con al menos 15 días de antelación a la finalización del período
mensual vigente. En caso de ser iniciativa del PROVEEDOR, éste deberá notificar
su intención de cesar en las funciones estipuladas en este contrato con al
menos un mes natural de antelación, comprometiéndose a facilitar la transición
a un nuevo proveedor y aportando a éste toda la información necesaria para
evitar cualquier interrupción en los servicios proporcionados al
CLIENTE.
SEXTA.- ACUERDO DE NIVEL DE SERVICIO
6.1 Todos los Servicios prestados por el
PROVEEDOR se realizarán por personal especializado en cada materia. El personal
del PROVEEDOR acudirá provisto de todo el material necesario, adecuado y
actualizado, para prestar los Servicios.
6.2 El PROVEEDOR se compromete a buscar
personal adecuado en caso de que considere que futuras solicitudes del CLIENTE
no pueden ser satisfechas con el máximo nivel de calidad. En ese caso, así se
lo hará saber de forma inmediata al CLIENTE, ofreciéndole las alternativas más
adecuadas en cada caso.
8
6.3 Las averías o el mal funcionamiento de
los Servicios se comunicarán al PROVEEDOR en su domicilio a través de llamada
telefónica, envío de correo electrónico o cualquier otro procedimiento
telemático previamente acordado.
6.4 Los problemas se resolverán en un
período máximo variable según la naturaleza de la incidencia, su gravedad y
complejidad, tal y como se detalla a continuación. De cualquier forma, el
PROVEEDOR se compromete a seguir una política de máximo esfuerzo y utilizar
todos los recursos a su disposición para solucionar cualquier incidencia en el
menor tiempo posible.
∙ Se entiende por
incidencia crítica: las incidencias que, en el marco de la prestación de los
Servicios, afectan significativamente al CLIENTE, impidiendo el
desarrollo de su labor comercial. Por ejemplo, un fallo total de la red que
impida o dificulte en gran medida el desarrollo normal de una jornada laboral,
como un fallo en el sistema de facturación.
∙ Se entiende por
incidencia grave: las incidencias que, en el marco de la prestación de los
Servicios, afectan moderadamente al CLIENTE, dificultando de forma
importante, pero no evitando, el desarrollo de su labor comercial. Por ejemplo,
un fallo en el servicio de citas y que impide su realización mediante procesos
informáticos, debiéndose realizar, de forma temporal, manualmente.
∙ Se entiende por
incidencia leve: las incidencias que se limitan a entorpecer la prestación de
los Servicios y que pueden ser realizados por el CLIENTE por medios
alternativos sin que supongan una demora importante en el flujo de trabajo
habitual. Por ejemplo, tener que recurrir a otro PC para abrir un determinado
documento porque el PC habitual está fallando.
TIEMPO DE RESPUESTA
El tiempo de respuesta (tiempo
transcurrido entre la solicitud del CLIENTE y la primera respuesta e inicio de
las tareas necesarias por parte del PROVEEDOR) tendrá lugar en los siguientes
períodos máximos.
∙ Incidencia crítica: misma jornada
laboral, si el aviso es antes de las 12:00, pudiendo ser al día siguiente si el
aviso es posterior.
∙ Incidencia grave: misma jornada
laboral, si el aviso es antes de las 12:00, pudiendo ser al día siguiente si el
aviso es posterior.
∙ Incidencia leve: dentro de las siguientes 24 horas.
El tiempo de respuesta no puede
garantizar el tiempo de finalización de las tareas (que siempre será el menor y
estrictamente necesario) ya que este dependerá, salvo negligencia por parte del
PROVEEDOR, de la disponibilidad de repuestos necesarios y la complejidad de la
problemática surgida. El PROVEEDOR se compromete a explicar la naturaleza
de la avería, el tiempo estimado de resolución y las tareas llevadas a cabo una
vez resuelto el problema.
6.5 El estado de los Servicios se revisará mensualmente
por el CLIENTE y el PROVEEDOR para comprobar su buen funcionamiento.
SÉPTIMA.- MODIFICACIÓN
Las Partes podrán modificar el contrato
de mutuo acuerdo y por escrito.
OCTAVA - RESOLUCIÓN
Las Partes podrán resolver el Contrato,
con derecho a la indemnización de daños y perjuicios causados, en caso de
incumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo.
NOVENA.- NOTIFICACIONES
Las notificaciones que se realicen las
Partes deberán realizarse por correo con acuse de recibo o cualquier otro
medio fehaciente que acuerden las Partes (incluyendo el correo electrónico) a
las direcciones postales indicadas en el encabezado del presente
contrato.
DÉCIMA.- RÉGIMEN JURÍDICO
El presente contrato tiene carácter
mercantil, no existiendo en ningún caso vínculo laboral alguno entre el CLIENTE
y el personal del PROVEEDOR que preste concretamente los Servicios.
Toda controversia derivada de este
contrato o que guarde relación con él –incluida cualquier cuestión relativa a
su existencia, validez o terminación- será resuelta mediante arbitraje DE
DERECHO, administrado por la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) ,
de conformidad con su Reglamento de Arbitraje vigente a la fecha de
presentación de la solicitud de arbitraje. El Tribunal Arbitral que se designe
a tal efecto estará compuesto por un único árbitro experto y el idioma del
arbitraje será el Español.
Y en prueba de cuanto antecede, las
Partes suscriben el Contrato, en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar
y fecha señalados en el encabezamiento
POR EL CLIENTE |
POR EL PROVEEDOR |
Fdo.: __________________ |
Fdo.: __________________ |
ANEXO I
CLÁUSULA PENAL, CONVENIENTE EN CASO DE
PODER SER NEGOCIADA
En virtud de la presente cláusula penal
que tiene carácter cumulativo y no sustitutivo a los efectos de lo dispuesto en
el artículo 1152 del Código Civil, el CLIENTE podrá aplicar las siguientes
penalizaciones cuando no se cumpla el acuerdo de nivel de servicio:
∙ Incidencia Crítica: $600 de indemnización por cada día de retraso
injustificado por parte del PROVEEDOR en la resolución del
problema.
∙ Incidencia Grave: $400 de
indemnización por cada día de retraso injustificado por parte del PROVEEDOR en
la resolución del problema.
∙ Incidencia Leve: $150 de
indemnización por cada día de retraso injustificado por parte del PROVEEDOR en
la resolución del problema.
A los efectos de lo previsto en el
artículo 1.153 del Código Civil, el PROVEEDOR no podrá eximirse del
cumplimiento de sus obligaciones pagando la pena. Asimismo, el PROVEEDOR,
además de satisfacer la pena establecida, deberá cumplir las obligaciones cuyo
incumplimiento se penaliza.
Las penalizaciones se detraerán del importe pendiente de pago al
PROVEEDOR
POR EL CLIENTE |
POR EL PROVEEDOR |
Fdo.: __________________ |
Fdo.: __________________ |
ANEXO II
PRESUPUESTO Y EQUIPOS CUBIERTOS AL
INICIO DEL CONTRATO
Este anexo se podrá ver modificado
mediante anexos adjuntos al contrato, firmados por ambas partes, en cualquier momento
de la duración del mismo. Las nuevas tarifas aplicables en virtud de dichas
modificaciones lo serán desde la fecha de firma del citado anexo.
PRESUPUESTO TOTAL POR MES:
1 Servidor = $300
1 Servidor virtual = $150 (descuento 100%) = $0
4 PCs = $50 * 5 = $250 € (descuento 10%) = $225
TOTAL: $525/mes + IVA (16%)
=
POR EL CLIENTE |
POR EL PROVEEDOR |
Firma.: __________________ |
Firma.: __________________ |
DIAS Y HORARIOS LABORALES
Lunes a viernes
de 8 a.m – 5 p.m
Sábados de 9:00
a.m – 2:00 p.m
PERIODO DE VISITAS
El periodo de
las visitas de cada mantenimiento de los equipos será llevado a cabo cada 6
meses en horario laboral de la empresa
COSTOS Y SERVICIOS
PRESENCIAL Y A DISTANCIA
Mantenimiento
Hw y Sw (presencial):……… $350
Mantenimiento
remoto:………… $150
Mantenimiento
en Sitio:………… $400
Gracias por la información, así puedo saber que derechos tengo con tu empresa
ResponderEliminarMuy buena información, excelente
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